Impuesto al Salario en Costa Rica: Tramos y Cálculo 2025

El impuesto al salario (o a la fuente) que comprende la ley costarricense, es el tributo sobre los salarios y cualquier otra remuneración que se perciba y que esta sujeto al pago de impuesto sobre la renta.

El impuesto al salario (o a la fuente) que comprende la ley costarricense, es el tributo sobre los salarios y cualquier otra remuneración que se le pague a un empleado en ocasión de trabajos personales, ejecutados en relación de dependencia, o por concepto de jubilación o pensión u otras remuneraciones por servicios personales.

El patrono o pagador deberá calcular el impuesto mensualmente a cada uno de sus empleados y retenerlo, para después entregarlo a Hacienda.

Para el cálculo del impuesto se establece una escala de tarifas que se aplica –según el monto del salario bruto mensual- por tramos y cuyos resultados se suman finalmente para obtener el impuesto a retener.

A enero de 2025, dichos tramos son:

  • Impuesto de la Renta exento hasta un monto de ¢922,000.
  • De ¢922,000 a ¢1,352,000, 10% de retención sobre el monto que supere los ¢922,000.
  • De ¢1,352,000 a ¢2,373,000, 15% de retención sobre el monto que supere los ¢1,352,000.
  • De ¢2,373,000 a ¢4,745,000, 20% de retención sobre el monto que supere los ¢2,373,000.
  • De ¢4,745,000, en adelante 25% de retención sobre lo que supere a ¢4,745,000.

Para el cálculo de este impuesto, se toma el salario bruto mensual y le deduce el monto exento (primer tramo), y luego aplica el porcentaje de los siguientes tramos a los montos excedentes en cada tramo. Una vez obtenido el impuesto al salario mensual se le restan las deducciones por hijos exentos y cónyuge.

En el 2025 los montos deducibles son:

  • Por hijos: ¢1,720
  • Por cónyuge: ¢2,600

Considerando los tramos anteriores, en el siguiente ejemplo mostraremos el cálculo del impuesto al salario para un sueldo bruto mensual de ¢3,800,000, sin cónyuge ni hijos exentos:

  • Hasta un monto de ¢922,000 exento
  • Sobre el exceso de ¢922,000 hasta ¢1,352,000 se aplica un 10%

    1,267,000 – 863,000 = 430,000 * 10% = ¢43.000
  • Sobre el exceso de ¢1,352,000 hasta ¢2,373,000 se aplica un 15%

    2,373,000 – 1,352,000 = 1.021,000 * 15% = ¢153.150
  • Sobre el exceso de ¢2,373,000 hasta ¢3.800,000 se aplica un 20%

    3,800,000 – 2,373,000 = 1.427.000 * 20% = ¢285.400
  • Impuesto mensual a pagar: 43,000 + 153,150 + 285,400 = ¢481,550

A este monto resultante, se le restan las deducciones por cónyuge e hijos deducibles. En el caso de este ejemplo, en este cálculo no vamos a restar estas deducciones, por lo que el impuesto mensual a retener sería de ¢481,550

La actualización de los tramos de renta para salarios se actualizan en enero de cada año, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley de Impuesto sobre la Renta (No. 7092), en donde se indica que todos los años, al inicio del período fiscal, se deberá ajustar los tramos de renta que se aplicarán.


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Publicado por Lic. Randall Poveda

Contador, asesor, aventurero, fotógrafo y escritor

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