En este mes de octubre 2024, se cumple la fecha para atender la obligación fiscal del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF), requisito establecido por la Dirección General de Tributacion y el Banco Central de Costa Rica; para todos las personas jurídicas que se encuentren actualmente vigentes en el país. El RTBF viene a cumplir la obligación anual que tienen las personas jurídicas de indicar al Banco Central sus beneficiarios finales, su figuras directivas y gerencias, como parte del cumplimiento informativo que se debe de realizar.
El nuevo Reglamento del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales trae consigo cambios relevantes que lo que buscan es fortalecer la transparencia de la declaración y la rendición de cuentas en las estructuras económicas y de entidades privadas. Los sujetos obligados (OT) y sus representantes legales deben estar atentos a las modificaciones y asegurarse de cumplir con las nuevas disposiciones para evitar contratiempos y futuras contingencias legales o atrasos en el proceso debido a inconvenientes que se presenten por los que no logren cumplir la obligación a tiempo el próximo 31 de octubre 2024.
Es por medio de la resolución conjunta de alcance general número MH-DGT-RES-0016-2024 del 24 de junio de 2024, la Dirección General de Tributación y el Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD) modificaron el período dentro del cual los sujetos obligados deben cumplir con la declaración ordinaria del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales para el año 2024. Para el presente periodo, la declaración deberá ser notificada en el período comprendido entre el 1 y el 31 de octubre del 2024, ambos inclusive, sustituyendo la obligación de realizarlo el mes de julio, como había sido previamente establecido.
Adicionalmente, se indica que la Administración Tributaria estableció en el artículo 6 del Decreto N° 44390-H, modificaciones para las organizaciones sin fines de lucro, quienes ahora deberán suministrar al RTBF un registro actualizado con el detalle de los ingresos y egresos de la organización, e identificación de donantes y de los destinatarios o beneficiarios de sus contribuciones o donaciones hasta la persona física, que sean iguales o superiores a un salario base, incluyendo la identificación de estructuras compuestas por organizaciones afiliadas o conjuntas.
En este nuevo periodo 2024 se incluyen las organizaciones sin fines de lucro, a diferencia de años anteriores; en donde se incluyen Organizaciones sin fines de lucro cuya actividad tenga como fin cumplir con los propósitos benéficos, religiosos, culturales, educacionales, sociales, fraternales, o para llevar a cabo otros tipos de «buenas obras», incluyendo a las organizaciones sin fines de lucro asociadas, entendidas estas como sucursales extranjeras de organizaciones sin fines de lucro internacionales. Las clases incluidas son: 3-002, 3-004, 3-006, 3-009, 3-013, 3-107.
Es importante tener la obligación presente en el calendario del mes de octubre; y no dejar de pasar por alto el RTBF para no incurrir en multas o inconvenientes legales, recuerde que el representante legal debe de contar con firma digital; o bien recurrir a un notario publico para que realice una autorización especial bajo un poder jurídico, en donde autorice a un tercero a realizar la declaración de la sociedad y realizar el cumplimiento debido del deber formal.
¡Evítese multas! y cumpla con el deber de presentación en tiempo y forma, es importante cumplir con las obligaciones fiscales e informativas del país; no deje pasar el tiempo y quedarse sin declarar.
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